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Documento 32017D0041

Decisión (UE) 2017/2444 del Banco Central Europeo, de 8 de diciembre de 2017, por la que se modifica la Decisión (UE) 2015/2332 sobre el procedimiento de aprobación del volumen de emisión de monedas en euros (BCE/2017/41)

DO L 344 de 23.12.2017, p. 63/64 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Estatuto jurídico del documento Vigente

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2017/2444/oj

23.12.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 344/63


DECISIÓN (UE) 2017/2444 DEL BANCO CENTRAL EUROPEO

de 8 de diciembre de 2017

por la que se modifica la Decisión (UE) 2015/2332 sobre el procedimiento de aprobación del volumen de emisión de monedas en euros (BCE/2017/41)

EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 128, apartado 2,

Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, y en particular su artículo 12.1,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Decisión (UE) 2015/2332 del Banco Central Europeo (BCE/2015/43) (1) establece normas relativas al procedimiento de aprobación del volumen de emisión de monedas en euros.

(2)

El Consejo de Gobierno considera que la competencia para adoptar decisiones sobre las solicitudes de aprobación anual y extraordinaria del volumen de emisión de monedas que presenten los Estados miembros cuya moneda es el euro debe delegarse en el Comité Ejecutivo cuando no se requiera modificar el volumen solicitado de emisión de monedas.

(3)

Cuando el Comité Ejecutivo considere que debe modificarse el volumen de emisión de monedas solicitado por uno o varios Estados miembros cuya moneda es el euro, debe presentar una propuesta razonada, explicando las modificaciones requeridas, al Consejo de Gobierno, el cual debe mantener su competencia para adoptar una decisión sobre el asunto.

(4)

Debe modificarse en consecuencia la Decisión (UE) 2015/2332 (BCE/2015/43).

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Modificaciones

La Decisión (UE) 2015/2332 (BCE/2015/43) se modifica como sigue:

1)

El artículo 2 se modifica como sigue:

a)

el apartado 9 se sustituye por el siguiente:

«9.   Cuando el Comité Ejecutivo determine que las solicitudes de aprobación anual no requieren una modificación del volumen anual de emisión de monedas solicitado por cada Estado miembro de la zona del euro, el Comité Ejecutivo adoptará una decisión sobre la aprobación del volumen anual de emisión de monedas en la zona del euro antes del final del año natural anterior al año al que se refieran las solicitudes de aprobación.», y

b)

se añade el apartado 10 siguiente:

«10.   Cuando el Comité Ejecutivo determine que el volumen de emisión de monedas solicitado por uno o varios Estados miembros solicitantes de la zona del euro requiere modificación, presentará, previa consulta con los Estados miembros afectados, una propuesta razonada, explicando las modificaciones requeridas, al Consejo de Gobierno, en cuyo caso, el Consejo de Gobierno adoptará sin demoras indebidas la decisión sobre la aprobación del volumen anual de emisión de monedas en la zona del euro.».

2)

El artículo 3 se modifica como sigue:

a)

el apartado 7 se sustituye por el siguiente:

«7.   Cuando el Comité Ejecutivo determine que el volumen adicional de emisión de monedas solicitado por un Estado miembro de la zona del euro conforme al apartado 5 no requiere modificación, el Comité Ejecutivo adoptará sin demoras indebidas una decisión individual sobre la solicitud de aprobación extraordinaria.», y

b)

se añade el apartado 8 siguiente:

«8.   Cuando el Comité Ejecutivo determine que el volumen adicional de emisión de monedas solicitado por un Estado miembro de la zona del euro requiere modificación, presentará una propuesta razonada, explicando las modificaciones requeridas, al Consejo de Gobierno, en cuyo caso, este adoptará sin demoras indebidas una decisión individual sobre la solicitud de aprobación extraordinaria.».

Artículo 2

Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor el día de su notificación a sus destinatarios,

y se aplicará desde el 1 de enero de 2018.

Artículo 3

Destinatarios

La presente Decisión se dirige a los Estados miembros de la zona del euro.

Hecho en Fráncfort del Meno, el 8 de diciembre de 2017.

Por el Consejo de Gobierno del BCE

El Presidente del BCE

Mario DRAGHI


(1)  Decisión (UE) 2015/2332 del Banco Central Europeo, de 4 de diciembre de 2015, sobre el procedimiento de aprobación del volumen de emisión de monedas en euros (BCE/2015/43) (DO L 328 de 12.12.2015, p. 123).


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