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Documento 32017D0037(01)

Decisión (UE) 2017/2199 del Banco Central Europeo, de 20 de noviembre de 2017, por la que se modifica la Decisión BCE/2014/40 sobre la ejecución del tercer programa de adquisiciones de bonos garantizados (BCE/2017/37)

DO L 312 de 28.11.2017, p. 92/92 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Estatuto jurídico del documento Ya no está vigente, Fecha de fin de validez: 15/02/2020; derog. impl. por 32020D0187

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2017/2199/oj

28.11.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 312/92


DECISIÓN (UE) 2017/2199 DEL BANCO CENTRAL EUROPEO

de 20 de noviembre de 2017

por la que se modifica la Decisión BCE/2014/40 sobre la ejecución del tercer programa de adquisiciones de bonos garantizados (BCE/2017/37)

EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en particular el artículo 127, apartado 2, primer guion,

Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, en particular el artículo 12.1, segundo párrafo, en relación con el artículo 3.1, primer guion, así como el artículo 18.1,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Decisión BCE/2014/40 (1) creó el tercer programa de adquisiciones de bonos garantizados (en lo sucesivo, «tercer programa»). Junto al programa de adquisiciones de bonos de titulización de activos, el programa de compras de valores públicos en mercados secundarios, y el programa de compras de bonos corporativos, el tercer programa constituye el programa ampliado de adquisiciones de activos (en lo sucesivo, «PAA»). El PAA pretende mejorar la transmisión de la política monetaria, facilitar la concesión de crédito a la economía de la zona del euro y las condiciones de los préstamos para los hogares y las empresas, y contribuir a devolver las tasas de inflación a niveles inferiores pero próximos al 2 % a medio plazo, de conformidad con el objetivo principal del Banco Central Europeo (BCE) de mantener la estabilidad de precios.

(2)

El 4 de octubre de 2017 el Consejo de Gobierno decidió precisar mejor las normas que determinan la admisibilidad, para su adquisición conforme al tercer programa, de los bonos garantizados comúnmente conocidos como bonos garantizados con amortización condicional por traspaso de cobros («conditional pass-throug»), dado que exponen al Eurosistema a riegos potencialmente más elevados.

(3)

Debe modificarse en consecuencia la Decisión BCE/2014/40.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Modificación

En el artículo 2 de la Decisión BCE/2014/40 se añade el siguiente apartado 9:

«9.

No podrán ser objeto de adquisición conforme al tercer programa los bonos garantizados que cumplan esta doble condición: a) tener una estructura de amortización condicional por traspaso de cobros (“conditional pass-through”), conforme a la cual, si se dan unos supuestos previamente establecidos, se prorroga el vencimiento de los bonos y su estructura de pagos pasa a depender fundamentalmente de los flujos financieros generados por los activos incluidos en el conjunto de activos subyacente, y b) haber sido emitidos por una entidad cuya mejor calificación de emisor sea inferior a la categoría 3 de calidad crediticia.».

Artículo 2

Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de febrero de 2018.

Hecho en Fráncfort del Meno, el 20 de noviembre de 2017.

Por el Consejo de Gobierno del BCE

El Presidente del BCE

Mario DRAGHI


(1)  Decisión BCE/2014/40 del Banco Central Europeo, de 15 de octubre de 2014, sobre la ejecución del tercer programa de adquisiciones de bonos garantizados (DO L 335 de 22.11.2014, p. 22).


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