EUR-Lex El acceso al Derecho de la Unión Europea
Este documento es un extracto de la web EUR-Lex
Documento 02009D0025(01)-20101229
Decision of the European Central Bank of 10 December 2009 on the approval of the volume of coin issuance in 2010 (ECB/2009/25) (2010/14/EU)
Texto consolidado: Decisión del Banco Central Europeo de 10 de diciembre de 2009 sobre la aprobación del volumen de emisión de moneda metálica en 2010 (BCE/2009/25) (2010/14/UE)
Decisión del Banco Central Europeo de 10 de diciembre de 2009 sobre la aprobación del volumen de emisión de moneda metálica en 2010 (BCE/2009/25) (2010/14/UE)
2009D0025 — ES — 29.12.2010 — 001.001
Este documento es un instrumento de documentación y no compromete la responsabilidad de las instituciones
DECISIÓN DEL BANCO CENTRAL EUROPEO de 10 de diciembre de 2009 sobre la aprobación del volumen de emisión de moneda metálica en 2010 (BCE/2009/25) (2010/14/UE) (DO L 007, 12.1.2010, p.21) |
Modificado por:
|
|
Diario Oficial |
||
No |
page |
date |
||
Decisión del Banco Central Europeo de 22 de diciembre de 2010 |
L 343 |
78 |
29.12.2010 |
DECISIÓN DEL BANCO CENTRAL EUROPEO
de 10 de diciembre de 2009
sobre la aprobación del volumen de emisión de moneda metálica en 2010
(BCE/2009/25)
(2010/14/UE)
EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, el artículo 128, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El Banco Central Europeo (BCE) tiene a partir del 1 de enero de 1999 el derecho exclusivo de aprobar el volumen de emisión de moneda metálica por los Estados miembros que han adoptado el euro (en lo sucesivo, «los Estados miembros participantes»). |
(2) |
Los Estados miembros participantes han enviado al BCE, para su aprobación, las previsiones sobre el volumen de monedas en euros que emitirán en 2010, acompañadas de notas explicativas sobre los métodos utilizados en las previsiones. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Aprobación del volumen de emisión de monedas en euros en 2010
El BCE aprueba el volumen de emisión de moneda metálica por los Estados miembros participantes en 2010 que se expone en el cuadro siguiente:
(en millones EUR) |
|
|
Emisión de monedas destinadas a la circulación y emisión de monedas de colección (no destinadas a la circulación) en 2010 |
Bélgica |
125,2 |
Alemania |
668,0 |
Irlanda |
43,0 |
Grecia |
55,0 |
España |
210,0 |
Francia |
290,0 |
Italia |
283,0 |
Chipre |
18,1 |
Luxemburgo |
40,0 |
Malta |
10,5 |
Países Bajos |
54,0 |
Austria |
306,0 |
Portugal |
50,0 |
Eslovenia |
30,0 |
Eslovaquia |
62,0 |
Finlandia |
60,0 |
Artículo 2
Disposición final
La presente Decisión se dirige a los Estados miembros participantes.